La veda precautoria de pesca de la merluza, en la Zona Común entre Argentina y Uruguay, regirá entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2012, con el fin de contribuir a la conservación y racional explotación del recurso .

Argentina y Uruguay establecieron un área de veda para la pesca de la merluza

La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, por Resolución 2011-2011 publicada ayer en el Boletín Oficial, estableció un área de veda precautoria de verano para la especie merluza en la Zona Común de Pesca.
Publicado el 22/12/2011 en Recursos pesqueros
Por Primicias Rurales



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Buenos Aires, 22 diciembre (PR11) -- La veda precautoria de pesca de la merluza, en la Zona Común entre Argentina y Uruguay, regirá entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2012, con el fin de contribuir a la conservación y racional explotación del recurso y para proteger las concentraciones juveniles de esa especie.
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, por Resolución 2011-2011 publicada ayer en el Boletín Oficial, estableció un área de veda precautoria de verano para la especie merluza en la Zona Común de Pesca.
El área de veda precautoria de verano para la especie merluza (Merluccius hubbsi) está comprendida entre los siguientes puntos geográficos: a) 35§17'S - 53§14'W b) 35§40'S - 52§44'W c) 37§45'S - 54§57'W d) 37§14'S - 55§35'W.
En esa zona quedó prohibida su captura, como así también el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies de peces demersales.
Podrán operar en esa área aquellos buques que tengan como objetivo especies pelágicas y cuenten con un observador a bordo.
La Resolución expresa que se considerará la transgresión como un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.
Además la resolución fue comunicada a las cancillerías de la Argentina y Uruguay y fue publicada hoy en el Boletín Oficial de ambas naciones.
En los considerandos se consigna la necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de juveniles de esa especie en la Zona Común de Pesca.
 

Primicias Rurales

NA


Noticia publicada el 22/12/2011 a las 09:13
Última modificación: 22/12/2011 a las 09:13


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