Buenos Aires, 18 octubre (Especial para NA de Daniel Assef (*)
-- Varias de las organizaciones del sector agropecuario y de la
industria de semillas sostienen que la legislación vigente en
materia de propiedad intelectual debe modificarse.
Existen varios motivos pero el argumento más sólido es que se
debe mejorar el marco institucional y crear las condiciones para
incrementar la inversión en investigación y desarrollo de las
empresas de semillas de modo tal que el productor pueda acceder a
la más alta tecnología para mejorar rendimiento, resistencia a
enfermedades, estrés hídrico entre otras características
deseables.
De nada sirve el esfuerzo de modificar la legislación si las
empresas no se vuelcan hacia esa tarea.
Se entiende que la posibilidad de hacer uso propio gratuito,
prácticamente sin restricciones más que haber comprado semilla
legal en algún momento, debería reconsiderarse.
Si bien el grueso del problema debe buscarse en la venta de
semilla ilegal, que salvo casos aislados, de ningún modo es
atribuible a los productores, el reconocimiento económico a la
propiedad intelectual es suficientemente importante como para
prestarle mucha atención.
En el caso de que se llegara a un acuerdo entre los usuarios
de semillas y las empresas, el paso inicial más importante lo da
la producción, cediendo un derecho milenario que asistió a los
agricultores desde sus orígenes, el uso propio gratuito.
Queda pendiente entonces el compromiso de la industria por
invertir en tecnología en Argentina.
El sistema de aprobación de variedades debe acompañar este
proceso.
No es posible aprobar variedades con simples cambios
cosméticos, que cumplan con la condición de diferente, estable y
uniforme, salgan al mercado al mero efecto de reemplazar
variedades que pasarían a cobrar menos canon tecnológico o se
hicieran de uso público.
Tampoco alcanza con simplemente importar y adaptar las
variedades para luego imponer por vía comercial en el mercado.
Es necesario que la industria de semillas se desarrolle hacia
el campo de investigación más competitivo.
El acuerdo entre las partes, plasmado en una normativa acorde
debe dar por resultado un salto tecnológico considerable,
visible, útil para el productor y conveniente tanto para
obtentores como para usuarios de semillas.
Del mismo modo, el sistema de control debe ser eficiente, si
no lo fuera, el sistema fracasaría.
Se busca mejorar el sistema de cobro a la propiedad
intelectual lo más sencillo posible, de modo eficiente y de fácil
control (mejor es el control, más económico el sistema y más
barato el canon tecnológico).
Una de las propuestas en discusión es un sistema que incluiría
una modalidad de "créditos" que sirven para cancelar el canon
tecnológico y se deben pagar a las empresas de semillas.
Dichos "créditos" se generan como producto de:
-Haber sembrado semilla certificada.
-Por ser pequeño productor, en cuyo caso se mantiene el uso
propio gratuito.
-Por haber pagado el uso propio.
La empresa de semillas acredita esos valores al productor y el
los traslada al acopio al momento de comercializar su producción
(bajo una modalidad electrónica).
Si el productor carece de los créditos, debe comprarlos a las
empresas de semillas. Si no los tuviera, las empresas de semillas
pueden firmar acuerdos con el acopio para que los descuente del
precio y que el acopio actúe como agente de retención.
Dicho compromiso surgirá de los acuerdos entre partes.
Entonces el Acopio entrega al exportador o empresa de crashing
los créditos y se asegura que la mercadería pagó los derechos de
propiedad intelectual frente a posibles reclamos en origen o en
terceros países.
Hoy la discusión y el escenario son sustancialmente distintos
que hace dos años atrás.
En la actualidad, el productor agrícola puede retener grano
propio para usarlo como futura semilla siempre que pueda
demostrar el origen legal de la semilla que dio origen al grano
que está reteniendo.
(*)Departamento de Economía de Coninagro.
Primicias Rurales
NA
Noticia publicada el 17/10/2010 a las 23:46
Última modificación: 17/10/2010 a las 23:46