Buenos Aires, 12 abril (PR/19) — Tras el lanzamiento del programa, el Ministerio de Seguridad de la Nación dio a conocer una serie de pasos a seguir en el caso de resultar víctima de un delito en el proceso de la cosecha.

Tras el lanzamiento del programa “Cosecha Segura”, el Ministerio de Seguridad de la Nación dio a conocer una serie de pasos a seguir en el caso de resultar víctima de un delito en el proceso de la cosecha.

A continuación, reproducimos los distintos puntos a tomar en cuenta.

1. HECHOS Y SU POSIBLE TIPIFICACIÓN

  • Rotura de silo bolsa y/o parabrisas de los camiones y/o neumáticos (provocados con clavos): siempre que no se configure un delito más grave, estos hechos podrían configurar el delito de Daños (181 CP). ”El que destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble o un animal, total o parcialmente ajeno”.
  • Sustracción de la carga de los camiones: el apoderamiento ilegítimo de la mercadería al momento de la carga, en camino a destino, en el momento de entrega o durante las descargas configura el delito de hurto de mercaderías en tránsito (163 inc. 5). En caso de producirse ejerciendo fuerza en la cosa o violencia física en la persona estamos ante la figura de robo de mercadería en tránsito (167 4).
  • Imposición de la tarifa, exigir obleas para trabajar con ciertos transportistas, exigir dinero para permitir operar, obligar a utilizar ciertos puertos para cargar; exigencia de la libre deuda; obligar consolidar los contenedores por trabajadores del gremio, en todos los casos mediando intimidación por medio del bloqueo de la planta y/o corte de silo bolsa y/o impedimento para trabajar y/o cierre de zona: en estos casos, se configuraría el delito de Extorsión (168 CP): el que con intimidación o simulando autoridad pública o falsa orden de la misma, obligue a otro a entregar, enviar, depositar o poner a su disposición o a la de un tercero, cosas, dinero o documentos que produzcan.
  • Obligar a cargar sólo bolsas, obligar a contratar transporte local, obligar a trabajar con ciertos transportistas, obligar a utilizar ciertos puertos para cargar, impedir que se detengan y estacionen (para que no pasen los granos), impedir la salida del tren desde dentro de los acopios, bloquear la salida de todo tipo de carga, en todos los casos mediante el uso de amenazas, como por ejemplo bloquear la planta y/o cortar silo bolsa y/o imposibilitar trabajar y/o circular: estos ejemplos podrían configurar el delito de Amenaza Coactiva (149 ter CP): el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad. Ejemplo de ello, ocurre en los casos en que se amedrenta. Se agrava la figura si se utiliza armas. La figura simple de la amenaza se configura cuando se hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas (149). Ejemplo de ello sería_ “te voy a matar, te voy a romper el camión, etc.” En caso de que hubiere agresiones físicas se puede configurar el delito de Lesiones (89 CP y sgtes) al que causare a otro, en el cuerpo o en la salud.
  • Corte de ruta/calle, camino: se configura el delito de entorpecimiento Circulación (194 CP) cuando se impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas.

2. IDENTIFICAR A LA AUTORIDAD COMPETENTE

Si se registraran las conductas descritas anteriormente, corresponderá denunciarlas ante la Justicia local (fiscalías), ya que se trata de delitos denominados “ordinarios”.

En los casos de urgencia, y que se requiera la inmediata intervención policial, se deberá llamar al 911 y luego ratificar la denuncia ante la sede judicial.

En principio, sólo correspondería intervenir a la Justicia federal si se efectúa un corte en una ruta nacional o si se afectan intereses del Estado Nacional o se encuentran involucradosagentes federales.

3. DENUNCIAR TODOS LOS HECHOS

Denunciar todos los hechos ante la autoridad competente, con el mayor detalle posible, relatando las circunstancias de tiempo, modo, lugar e identificando a los autores (cuándo ocurrió, de qué forma, en dónde y quién/es lo provocaron).

4. PRESENTARSE COMO PARTICULAR DAMNIFICADO O QUERELLANTE

Constituirse como particular damnificado o parte querellante para poder intervenir en el proceso penal (presentar pruebas, pedir medidas, interponer recursos, etc.).

5. ACOMPAÑAR TODA LA PRUEBA

Mencionar toda la prueba que sustente lo antedicho. Ya sea mediante testigos (indicando todos los datos personales que se tengan -nombre y apellido, N° DNI, domicilio, etc.-) o bien por otros medios que puedan corroborar el hecho (filmaciones, fotografías, referencias, etc.).

Es importante la pre-constitución de la prueba cuando se tenga la sospecha de la posible comisión de un delito (prever la posibilidad de filmar, grabar, testigos, etc.).

6. SOLICITAR MEDIDAS URGENTES

Pedir junto con la denuncia el dictado de medidas urgentes que permitan hacer cesar el delito o sus efectos inmediatos. Dejar constancia en el acta de denuncia de esta solicitud expresa.

7. MODELO DE DENUNCIA

JUSTICIA FEDERAL

FORMULA DENUNCIA POR DELITO DE ACCIÓN PÚBLICA – SOLICITA SE ADOPTEN MEDIDAS URGENTES CONFORME LEY 27.372 – OFRECE MEDIDAS DE PRUEBA. SE SOLICITA SER TENIDO COMO PARTE QUERELLANTE.

Sr. Fiscal Federal:

(NOMBRE COMPLETO – INDICAR SI REPRESENTA A ALGUNA EMPRESA), con domicilio real en la calle (COMPLETAR DIRECCION), con el patrocinio letrado de xxx, constituyendo domicilio(completar) a Ud. me presento y, respetuosamente, manifiesto:

I.- OBJETO

Que en los términos del Art. 174° y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación así como en los términos del Art. 5°, inciso “a”, de la ley de víctimas 27.372, comparezco ante usted a efectos de poner en vuestro conocimiento hechos y circunstancias que configuran grave delito de acción pública, ofreciendo la prueba que obra en poder de esta parte, y solicitando se arbitren de forma inmediata las medidas necesarias para hacer cesar el delito y sus efectos, conforme la garantía prevista en el artículo 5°, inciso letra “n”, de la ley de víctimas 27.372.

En atención a la condición de particular damnificado que revisto, solicito que se me confiera el rol de parte querellante en el presente proceso (art. 82 y concordantes del C.P.P.).

II.- HECHO DENUNCIADO

(A CONTINUACIÓN DENUNCIAR EL HECHO OCURRIDO / CONSECUENCIAS SUFRIDAS / EXIGENCIA Y/O EXTORSIÓN RECIBIDA)

III.- DETALLA PRUEBA

(INDICAR EL NOMBRE Y DATOS DE TODOS LOS TESTIGOS DEL HECHO / INDICAR SI SE CUENTA CON VIDEOS Y/O REGISTRO DE CUALQUIER TIPO DE LO OCURRIDO / INDICAR SI SE CUENTA CON DOCUMENTACIÓN QUE HAGA AL HECHO OCURRIDO / TODO CUANTO SIRVA PARA DEMOSTRAR LA VERDAD DE LO DENUCIADO).

IV.- SE ADOPTEN MEDIDAS CAUTELARES URGENTES

Que conforme las previsiones del Art. 5°, inciso letra “N”, de la ley 27.372 “La víctima tendrá los siguientes derechos:… n) A que se adopten prontamente las medidas de coerción o cautelares que fueren procedentes para impedir que el delito continúe en ejecución o alcance consecuencias ulteriores”.

Esta garantía de trámite procesal impone la adopción de todas las medidas tendientes a hacer cesar el delito y/o sus efectos, así como su hipotética reiteración o la profundización de sus consecuencias, a efectos de salvaguardar los derechos de las víctimas.

En este caso concreto, se requiere la adopción de medidas que salvaguarden el normal funcionamiento y la normal circulación atenta las características del hecho puesto en vuestro conocimiento.

Que estas medidas deberán ser dispuestos de forma autónoma por el Ministerio Público de la Nación conforme las atribuciones conferidas en el marco del Código Procesal Penal de la Nación y la ley 24.946 o, en su defecto, solicito sean requerida con suma urgencia al titular de la jurisdicción a efectos se salvaguarden los derechos en riesgo.

V.- PETITORIO

Por todo lo expuesto, a Ud. solicito:

Se me tenga por presentado con la representación invocada.
Se tengan presentes los términos de esta denuncia y la descripción contenida en ella.
iii. Se me confiera el rol de parte querellante.

Se haga lugar a las medidas de prueba ofrecidas a efectos de corroborar los extremos de esta presentación.
Se haga lugar al dictado de cautelares en los términos del Art. 5°, inciso letra “n”, de la ley 27.372 de víctimas.
Proveer de conformidad,

SERA JUSTICIA

Fuente: Infocampo.com.ar

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