Buenos Aires, 14 junio (PR/19) — Ayer jueves comenzó a regir la emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de 365 días para la cadena de producción de cítricos de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta.

La Ley 27.507, publicada  en el Boletín Oficial, faculta “al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social”, incluyendo aquellas vencidas “que se hubieran devengado a partir del 1° de marzo de 2018”.

La norma dispone que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) deberá formular convenios de facilidades de pago con una tasa de interés de hasta el 1% mensual para las obligaciones que se devenguen hasta el 29 de febrero de 2020 inclusive, “salvo que el Poder Ejecutivo nacional dispusiera la prórroga de la presente ley”, en cuyo caso “los convenios abarcarán las obligaciones que se devenguen hasta el 28 de febrero de 2021”.

La Ley 27.507 dispone la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y medidas preventivas para el cobro de los impuestos y obligaciones de la seguridad social adeudados por empresas citrícolas.

“Los procesos judiciales que estuvieran en trámite quedarán paralizados hasta la fecha en la cual opere el vencimiento de esta ley. Por el mismo período quedará suspendido el curso de los términos procesales, de la prescripción y de la caducidad de instancia. Los aportes patronales quedarán exentos por el periodo de dos años”, señala la norma.

Las empresas citrícolas además podrán incorporar a los convenios de facilidades de pago deudas por la totalidad de los períodos no prescriptos, la cuales “desde su vencimiento y hasta su consolidación, devengarán la tasa de interés del 1% mensual” y cuyos pagos se prorrogarán “hasta que finalice la Emergencia Económica (365 días, prorrogable por 365 días más), momento en que se consolidará la deuda.

A partir de dicha consolidación, se realizará una financiación a tasa de hasta el 1% mensual en planes de pago de hasta noventa (90) cuotas mensuales”.

Fuente: Valor Soja