El próximo lunes las autoridades de la Cámara Argentina de Maíz Pisingallo (Campi) enviarán una nota formal al Banco Central (BCRA) para solicitar que, en las operaciones de comercio exterior de esa especialidad agrícola, no se aplique la obligación de ingresar divisas en un plazo de 15 días corridos contado desde obtención del permiso de embarque.

“Confiamos que lo dispuesto por la comunicación A 6776 del BCRA es un error que será subsanado a la brevedad”, indicó Sergio Casas, director de Snacks Crops S.A. y presidente de Campi. “Somos optimistas y creemos que las autoridades van a reparar esta confusión”, añadió a Valorsoja.com

La operatoria habitual en el comercio exterior de maíz pisingallo (a partir del cual se obtiene el pochoclo o pop corn) es cobrar, según el destino de la mercadería, entre 60 a 180 días de realizado el envío, con lo cual solicitar el ingreso de divisas a los 15 de días de obtenido el permiso de embarque es inviable para las numerosas Pymes argentinas que se dedican a exportar la especialidad.

“No sólo no podemos realizar nuevas operaciones, sino que tampoco podemos ejecutar las existentes, porque la comunicación A 6770 del BCRA establece sanciones penales cambiarias para los infractores”, explicó Casas.

Argentina es el principal exportador mundial de maíz pisingallo. La Cámara Argentina de Maíz Pisingallo está integrada por doce Pymes exportadoras: además de Snacks Crops, se incluyen Agro Uranga, Alberto L. Marchionni S.A., Alemar, Alicampo, Anka, Curcija, Maíz Pop S.A., Pereda, POP Argentina y Pop Company.

La nueva normativa del BCRA –tal como se advirtió en su momento– también perjudica a las Pymes exportadoras de otras especialidades agrícolas, tales como maní, girasol confitero, chía y cereales orgánicos, entre otros.

Una medida similar se implementó en mayo de 2012 por medio de resolución 142/12 del entonces Ministerio de Economía, por medio de la cual se obligó a los exportadores de granos y subproductos a ingresar divisas al sistema financiero local en un plazo de 15 días corridos contado a partir de la salida del embarque de la mercadería. Posteriormente esa medida fue subsanada en el caso de las especialidades agrícolas, aunque con plazos discrecionales entre las diferentes empresas del rubro.

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Fuente: valorsoja.com