Buenos Aires, 4 noviembre (PR/19) — El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), a través de la Resolución 35/2019, actualizó la normativa para certificar la calidad y sanidad de cebolla fresca, simplificando la operatoria sin descuidar el cumplimiento de las exigencias de los mercados.
La nueva medida permite a los exportadores optar por solicitar al Senasa la inspección para certificar la calidad y sanidad de la cebolla en zona de origen o en punto de salida, lo que le permite ahorrar tiempo y costos.
En tanto, la posibilidad de optar por certificar la mercadería en origen o en frontera se adapta a las necesidades de la cadena agroalimentaria y cumple con las obligaciones del Senasa como organismo de control, ajustando la tarea de sus inspectores a las exigencias de los mercados de exportación habituales y a destinos emergentes que pudieran surgir.
La nueva Resolución, pone el acento en la trazabilidad del producto, registrando todo movimiento de la mercadería a través del Documento de Tránsito Vegetal Electrónico (DTVe), válido para el Senasa y para la AFIP, que reemplaza a la antigua Guía de origen y el remito comercial, respectivamente.
El DTVe permite registrar los movimientos desde producción a empaque y desde éste a exportación, con detalles de la carga y su identificación.
También contempla el movimiento a otras figuras diferenciadas como mercados o minoristas, en caso de tratarse de consumo interno de la cebolla fresca.
La metodología favorece la producción y la exportación, con un marco de cumplimiento de normativas de aplicación específica.

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