Buenos Aires, 21 diciembre (PR/19) — La Secretaría de Energía habilitó el “Biodiesel CF”, un biocombustible que favorece a un mejor comportamiento en los motores en zonas de bajas temperaturas. Se mantiene la obligatoriedad de mezclarlo con gasoil al 10 por ciento.

La experiencia recogida hasta hoy desde la implementación de la mezcla obligatoria de gasoil con biodiésel en el 2010 y el análisis de las técnicas reconocidas a nivel internacional que son utilizadas en países que cuentan con porcentajes de mezcla de gasoil con biodiésel similares a las de nuestro país, permiten advertir la necesidad de efectuar modificaciones en algunos de los parámetros de la resolución 6/2010 a los efectos de mejorar el comportamiento del biodiésel, tanto en reposo y almacenaje como en su mezcla con el gasoil de uso automotor, y de la conveniencia de establecer especificaciones de calidad diferentes para el biodiésel utilizado en zonas de bajas temperaturas.

Es por ello que a través de la Disposición 331/2019 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Hidrocarburos habilitó un nuevo producto, denominado “biodiésel CF”.

La medida establece que las empresas encargadas de llevar a cabo la mezcla obligatoria de gasoil con biodiesel en el marco de lo dispuesto por la ley 26.093 podrán adquirir “biodiésel” o “biodiésel CF” a los efectos de dar cumplimiento con aquella, para lo cual deberán considerar la disponibilidad de producto de parte de las empresas elaboradoras que cuenten con asignación mensual de biodiésel efectuada por la autoridad de aplicación de acuerdo al procedimiento vigente, mientras que estas últimas podrán vender “biodiésel” o “biodiésel CF” hasta el límite máximo establecido por la mencionada asignación mensual de cada empresa.

Fuente: surtidrores.com.ar

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