Por Nicolás Winter*.
Buenos Aires, 1 junio (Especial para NA) — Una etiqueta o rótulo de alimento es una inscripción, leyenda o imagen adherida al envase del producto alimenticio que se está a punto de adquirir que informa al consumidor sobre su identidad y características particulares.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) rescata el rol fundamental del consumidor en el sistema de control de alimentos a la hora de elegir dónde y qué comprar, priorizando productos con rótulos e identidad garantizada.
En ese sentido, un consumidor responsable debe verificar que los rótulos cuenten con los datos del elaborador y número de registro del producto, su composición y tabla nutricional y las indicaciones de uso, conservación y fecha de vencimiento, todos en estados claramente legibles.
Esta parte de un rótulo informa a los consumidores sobre las propiedades nutricionales de un alimento; indica los nutrientes que proporcionan energía, proteínas y/o grasas, declara el contenido cuantitativo de carbohidratos, proteínas, grasas totales, grasas saturadas, grasas trans, fibra alimentaria, sodio u otro nutriente en cantidades considerables.
En una etiqueta o rótulo debe estar el nombre del producto (es decir, la denominación de venta del alimento), la lista de ingredientes, los contenidos netos, la identificación del lote, duración y fecha de vencimiento y los datos sobre su procedencia (nombre del fabricante, productor, fraccionador o titular de la marca; domicilio y número de identificación del establecimiento), y si el producto es importado deben figurar el nombre o razón social y dirección del importador.
Por último, si corresponde, deberá incluir las indicaciones acerca de la preparación o uso que se le debe/puede dar al alimento.
En algunos rótulos también se incluye el número de registro del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, cuando se trata de establecimientos bajo la jurisdicción de este organismo, incluyendo el logo en celeste, seguido por tres números separados por barras.
El primer número identifica el establecimiento, el segundo el producto y el tercero su forma de presentación.
También es importante prestar mucha atención a la fecha de vencimiento; este aspecto es clave ya que garantiza el consumo seguro de los alimentos por parte de los consumidores.
Por lo cual debe atenderse el día y mes para los productos que tengan una duración mínima que no supere los tres meses y el mes y año para aquellos productos que superen los tres meses de vida útil, debiendo en todos los casos estar dentro de la fecha de vigencia.
La comercialización de productos vencidos o sin fecha de vencimiento es un delito que puede ser denunciado en la oficina de defensa al consumidor, entendiendo que se encuentran exceptuadas las frutas y hortalizas frescas, incluidas las papas listas para el consumo.
Además los vinos y bebidas alcohólicas que contengan 10% o más de alcohol, los productos de panadería y pastelería que se consuman dentro de las 24 horas siguientes a su fabricación, el vinagre y azúcar sólido, la goma de mascar y la sal de calidad alimentaria no enriquecida.
Como ya se dijo, el Senasa apuesta al rol de los consumidores como actores fundamentales en el sistema de control de alimentos, con un papel decisor indiscutido a la hora de adquirir productos registrados que cumplan con un rotulado que los identifique claramente y garantice su vida útil.
(*)Médico veterinario de la Coordinación General de Gestión Técnica en Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del Senasa-
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