Los puntos claves a tener en cuenta tras la reglamentación de la ley.
Buenos Aires, martes 10 febrero (PR/26) – La reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal fue publicada por el Gobierno en el comienzo de esta semana, con el objetivo de motorizar la economía a través de impulsar el ingreso al sistema financiero de los ahorros de los argentinos.
En este sentido, la implementación de la norma despierta diversas inquietudes entre los contribuyentes sobre a quiénes está dirigido el régimen y cómo se puede acceder junto con los requisitos a cumplir y los beneficios que brinda.
En busca de responder estas cuestiones, el contador público y consultor tributario, Martín Caranta diálogo con el programa Esta Mañana por Radio Rivadavia repasando los principales puntos claves a tener en cuenta.
A quiénes está dirigido
Es un régimen optativo para los contribuyentes que están inscritos en el impuesto de las ganancias.
Monotributistas
Los sujetos que estén inscriptos en el monotributo no pueden acceder a este régimen. El monotributista tiene beneficios para no sentirse perseguido, pero no tiene el beneficio concreto de esta ley y esta reglamentación.
Objetivo
El régimen lo que trata de hacer es incentivar a los argentinos a que usen sus ahorros.
Cómo hacer para ingresar
Hay que meterse con clave fiscal en la página de ARCA y optar por el régimen de declaración jurada simplificada de la ley 27799. A partir del 11 de febrero.
Requisitos
Es para aquellos sujetos que tienen ingresos al año de hasta $1.000 millones, patrimonio que no supere los $10.000 millones y que no están dentro del conjunto de los grandes contribuyentes nacionales.
Beneficios y proceso
En la declaración jurada de ganancias los contribuyentes van a tener que cargar menos datos. En principio la declaración va a venir precargada por ARCA con las facturas que estos sujetos emitieron, con las facturas que recibieron, con las deducciones personales (hijos, cónyuge, etcétera).
Lo van a tener que convalidar cuando venza la declaración jurada, que será en mayo/junio de este año y así sucesivamente casa año. A partir de las declaraciones de 2025 se puede hacer uso de esta opción.
No van a tener que cargar el patrimonio del inicio del periodo, el patrimonio del cierre ni el consumo.
Bancarización
El incentivo es a utilizar los ahorros para que esto mueva la economía, a través de pasar por el banco, porque lo que la reglamentación ayer aclaró es que, ya sea el inicio o el final de una operación, hay que bancarizar estos movimientos.
La reglamentación aclaró que «para ver si hay omisión de ingresos o no en este régimen de inocencia fiscal, no se van a considerar los depósitos bancarios». Eso dio un manto de tranquilidad.__IP__
Excepción a bancarizar
Una persona que entró en el régimen de inocencia fiscal puede comprar o vender un inmueble en efectivo. Esa es la única excepción a la bancarización.
Inocencia fiscal: los intereses de depósitos en dólares quedan exentos de la retención de Ganancias
ARCA implementó una nueva medida para incentivar el ingreso de dólares al sistema financiero formal.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso este martes que los intereses generados por los depósitos en dólares quedarán exentos de la retención del Impuesto a las Ganancias, mediante la Resolución General 5822/2026 publicada en el Boletín Oficial.
La medida se da en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal, permitiendo que “quienes ingresen sus fondos al sistema financiero no tendrán retenciones sobre los intereses generados por esos depósitos”.
En este sentido, desde ARCA argumentaron que “la medida forma parte del proceso de adecuación normativa y simplificación tributaria, con el objetivo de fomentar la incorporación de fondos al sistema financiero formal”.
La decisión representa una modificación de la Resolución General N° 830, que regula las retenciones del impuesto sobre diversas rentas, al incorporar una nueva excepción en el listado de rentas sujetas a retención.
A partir de ahora, no se aplicarán quitas en concepto de Ganancias a los pagos originados por depósitos en moneda extranjera, realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº21.526 (bancos y cajas de ahorro).
Esta simplificación implica que los ahorristas recibirán el monto íntegro de sus intereses o ajustes sin que el banco deba actuar como agente de retención, eliminando un costo administrativo y financiero que pesaba sobre la rentabilidad de estos depósitos.
En el texto oficial, el organismo explicó que “la efectividad del régimen de inocencia fiscal requiere un marco reglamentario que permita la incorporación de activos al circuito formal de la economía, como instrumento idóneo para asegurar su identificación, trazabilidad y verificación”.
La resolución entra en vigencia desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, por lo que las entidades financieras deberán adecuar sus sistemas de manera inmediata para dejar de aplicar las retenciones sobre estos conceptos a sus clientes individuales.
Fuente: #AgenciaNA
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