Un DNU que modifica el Código Aduanero incorpora el dictamen anticipado y promete mayor previsibilidad para las operaciones de importación en Argentina.
Por Joaquín «Woker» Méndez, empresario especialista en importaciones.
Buenos Aires, jueves 19 febrero (PR/26) — Durante décadas, importar en Argentina fue sinónimo de incertidumbre. No se trataba únicamente de costos elevados o demoras logísticas: el verdadero obstáculo residía en la imprevisibilidad normativa.
La falta de criterios claros convertía cada operación en una apuesta. Cada contenedor podía transformarse en una sorpresa. Cada planificación, en una conjetura. El reciente DNU que modifica el Código Aduanero introduce un cambio silencioso pero profundamente estructural: la posibilidad de solicitar un dictamen anticipado antes de concretar una importación. A primera vista podría parecer un ajuste técnico.
En realidad, representa una transformación conceptual en la relación entre el Estado y quienes operan en el comercio exterior.
Por primera vez, el importador puede conocer de antemano tres variables críticas: la clasificación arancelaria del producto, la valoración económica según la Aduana y el cumplimiento de reglas de origen.
Este trípode determina la viabilidad de cualquier operación internacional. Hasta ahora, esas definiciones solían aparecer cuando la mercadería ya estaba en tránsito —o peor aún, detenida en puerto— generando sobrecostos, conflictos administrativos y decisiones forzadas. La reforma introduce un principio elemental en economías abiertas: previsibilidad.
La Aduana —o la Secretaría de Industria— dispone de treinta días para emitir respuesta. Si el plazo se agota sin resolución, el operador puede avanzar utilizando sus propios criterios, respaldado por una garantía. Este detalle, aparentemente técnico, altera la lógica histórica del sistema: el silencio deja de ser bloqueo y pasa a convertirse en habilitación.
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