La inteligencia artificial y la robótica reabren el debate sobre la relación laboral: entre la subordinación histórica, las nuevas formas de empleo y la posibilidad de reemplazar al trabajador humano.
Por: Sergio Marcelo Mammarelli
Abogado laboralista, especialista en negociación colectiva.. Ex Titular de la Catedra de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Nacional de la Patagonia. Autor de varios libros y Publicaciones. Ex Ministro Coordinador de la Provincia del Chubut
Buenos Aires, martes 24 marzo (PR/26) — De la esclavitud al empleo no hay una ruptura tan total como le gusta contar a la modernidad.
Hay, sí, un cambio decisivo: el esclavo era una cosa y el trabajador es una persona libre. Ya no puede comprárselo, venderlo, marcarlo ni matarlo.
Pero en el corazón de la relación productiva subsiste una continuidad inquietante: uno manda y el otro obedece. Uno organiza, dispone, controla y sanciona; el otro compromete su tiempo, su cuerpo, su saber y, muchas veces, su supervivencia.
Con esto solo quiero hacer notar algo más que importante: En toda relación laboral hay una desigualdad originaria. Ese poder de dictar órdenes, fijar reglas, organizar el trabajo y juzgar el cumplimiento, los laboralistas lo denominamos subordinación técnica, jurídica y económica. Es la razón por la que concluimos que no se trata de un vínculo entre iguales, ni de un simple contrato civil entre partes autónomas. Se trata de una relación atravesada por el poder.
La diferencia con la esclavitud, por supuesto, es moral y jurídicamente importante. El trabajador no ha dejado de ser persona, no pertenece a nadie, conserva derechos fundamentales y puede, al menos en teoría, romper el vínculo. Pero esa libertad formal convive con una dependencia material muchas veces brutal. El viejo amo debía alimentar, vestir y alojar a su esclavo porque era su propiedad.
El empleador moderno ya no tiene esa carga: paga un salario y traslada al trabajador todo el riesgo de su existencia. Le paga y se desentiende. Si no le alcanza para comer, vivir, curarse o criar a sus hijos, el problema deja de ser del empleador y pasa a ser del propio trabajador. Allí aparece una de las paradojas más crueles de la modernidad: el hombre fue declarado libre en el mismo momento en que quedó librado a su suerte.
Por eso nació el derecho del trabajo. No para embellecer un contrato entre iguales que ya estaba suficientemente contemplado por el derecho civil. En otras palabras: el derecho del trabajo no nació para consagrar la igualdad, sino para proteger al débil frente al abuso del fuerte. Derribarla no significa liberar al trabajador. Significa, simplemente, dejarlo otra vez solo frente al poder.
Está claro que en el mundo del trabajo esa igualdad es una ficción. Porque en la práctica solo uno contrata realmente: el empleador. El trabajador, en cambio, rara vez contrata algo. Lo que hace es aceptar o rechazar una oferta. Y muchas veces ni siquiera tiene verdaderamente esa opción.
No conozco a ningún trabajador que haya salido al mercado a contratar un empleador. Los trabajadores no contratan empresas; buscan trabajo para subsistir. La diferencia es decisiva .
Tampoco conozco ningún contrato donde uno puede modificarlo a su antojo y el otro no. Y casi sin consecuencias. El denominado ius variandi solo existe en el contrato de trabajo, sólo que ahora, el trabajador no puede resistirlo. Solo le queda irse.
En definitiva, no existe ninguna relación jurídica, salvo en la vieja esclavitud, donde uno tiene todo el poder y el otro solo puede obedecer. Quien quiera ver ahí una relación entre iguales debería analizar seriamente sus convicciones ya no jurídicas sino morales.
Por eso el derecho del trabajo nunca tuvo como objetivo celebrar la libertad contractual. No se creó para garantizar contratos. Se creó para limitar el poder. Tampoco se creó para dar empleo o solucionar una crisis económica o devolverle al trabajador una libertad perdida.
La pregunta entonces, si miramos la nueva ley de modernización laboral, es ¿hasta dónde puede llegar el legislador al redefinir quién queda dentro o fuera del derecho del trabajo? Acaso es suficiente el voluntarismo dellegislador para modificar la realidad?
Ahora viene el Partido de revancha.
El trámite legislativo, la sanción y promulgación de la ley, fue, por así decirlo, un partido que se jugó de local, con hinchada propia y árbitro elegido a dedo árbitro neutral. Ignoro el resultado, pero seguro no será igual.
Está claro que el Congreso puede legislar, pero no puede desnaturalizar la Constitución. Ese poder no es absoluto.
Por eso nuestros Tribunales han dicho que el legislador puede regular el trabajo, pero no puede vaciar de contenido la protección laboral. No se trata deninguna “casta Judicial”, sino de lo que se trata es de la primacía de la realidad frente a la ficción.
Cada vez que el legislador utiliza como técnica cambiar el nombre jurídico para evitar la protección jurídica, los Tribunales aplican la primacía de la realidad.
Es decir, si hay subordinación, hay relación laboral, aunque la ley o el contrato intenten llamarla de otra forma.
El legislador puede crear regímenes especiales, puede modificar reglas, puede incluso reducir protecciones. Sin embargo, los jueces —y eventualmente la Corte— deben decidir si esa redefinición legislativa es una regulación legítima o una forma de eludir la protección constitucional del trabajo. Y qué posibilita ello. Nada más y nada menos que la “industria del juicio” que también se pensó en evitar.
La gran estrategia histórica para eludir el derecho del trabajo: cambiar el nombre del trabajador.
Cuando pedís un viaje en Uber, no estás contratando con el conductor. Vos abrís la aplicación, pedís el viaje, aceptas el precio, pagas a la plataforma. Ella fija las
condiciones del servicio, determina el precio o su algoritmo, selecciona al conductor, procesa el pago, administra la reputación y puede desactivar al conductor. Dicho de otro modo, desde el punto de vista económico y funcional, la plataforma organiza el servicio de transporte. El conductor aparece como la persona que ejecuta materialmente la prestación.
Ese conductor presta un servicio personal con todos los rasgos muy característicos del trabajo dependiente: es personal, es insustituible (no puede mandar a otro conductor en su lugar), está organizada por un tercero (la plataforma) y está sujeta a reglas de funcionamiento. Incluso existe un mecanismo disciplinario indirecto de calificaciones, algoritmos y posibilidad de desconexión o bloqueo.
Sin embargo, la ley o las plataformas lo llaman “independiente”. Aquí aparece la ficción jurídica. Las plataformas sostienen que no son empresas de transporte y solo intermedian. Los conductores son “socios independientes” o “prestadores autónomos”. Ellos carecen de salarios mínimos, aportes sociales, vacaciones, indemnización por despido, responsabilidad laboral, etc.
Lo mismo ha ocurrido con falsos autónomos, monotributistas dependientes, contratistas independientes, cooperativas ficticias, etc. Todos esos casos responden a la misma lógica jurídica: cambiar la forma para evitar la protección. Es una estrategia histórica del sistema productivo frente al derecho del trabajo.
El mecanismo es siempre el mismo: no se discute la protección laboral; se redefine al trabajador. Y en todos estos casos ocurre lo mismo: la relación económica es laboral, pero el ropaje jurídico intenta ocultarlo.
Por eso el derecho del trabajo desarrolló uno de sus principios más importantes: la primacía de la realidad. No importa cómo se llame el contrato, ni qué forma jurídica se utilice. Si en los hechos existe subordinación, integración a la organización productiva y dependencia económica, entonces estamos frente a trabajo.
El retorno de la esclavitud: la robótica junto a la I.A.
Nuestra sociedad siempre extrañó la esclavitud. De hecho, fue una de las instituciones que se mantuvo desde que el hombre vive en sociedad -más de 30 siglos-. Su decadencia no se debió a su “inutilidad” sino a nuestra vergüenza. La de esclavizar a otro ser humano. Precisamente por eso, creamos la ficción del contrato de trabajo.
Sin embargo, la modernidad y la revolución tecnológica nos da revancha. En efecto, la robótica y la I.A. nos brinda la posibilidad de recrear el sueño perdido: un nuevo esclavo sin culpa moral: el robot dotado de inteligencia artificial.
Hace lo mismo que los viejos esclavos, pero mejor. Sus movimientos se perfeccionan día a día, pero su inteligencia es exponencialmente más poderosa. Ahora pueden ser médicos, ingenieros, abogados, poetas, maestros y además pueden trabajar en una fábrica o en nuestros hogares o incluso hacer las compras, cuidar a nuestros hijos o a nuestros adultos mayores. Incluso algunos hasta exploran nuestra satisfacción sexual.
La pregunta que flota, todos la imaginarán. Qué haremos con la ficción de la relación laboral, frente a una esclavitud tan perfecta, que solo consume energía eléctrica?
La humanidad tardó más de tres mil años en admitir que la esclavitud era una vergüenza. Cuando finalmente la abolimos, no eliminamos la subordinación.
Simplemente la disfrazamos de contrato. Así nació el trabajador.
El derecho del trabajo fue el intento de civilizar esa ficción. Pero hoy el proceso parece invertirse en contra de nosotros mismos.
Primero expulsamos trabajadores del derecho laboral cambiándoles el nombre. Después descubrimos que ni siquiera necesitamos trabajadores. La robótica y la inteligencia artificial nos devuelven el sueño más antiguo del poder: un esclavo que no sea humano. Uno que trabaje sin descanso. Sin salario. Sin derechos. Sin conflictos. Un esclavo perfecto.
Tal vez por eso el verdadero título de esta historia no sea “modernización laboral”. Tal vez sea algo mucho más simple y honesto: el largo camino de la humanidad para volver, finalmente, a la esclavitud… pero esta vez sin esclavos humanos.
Primicias Rurales
Por: Sergio Marcelo Mammarelli
(Autor del libro La Reforma laboral que no fue, que se puede descargar en este portal)
















