Tras una sesión maratónica, la Cámara de Diputados sancionó las modificaciones a la normativa que regula la preservación de los cuerpos de hielo, habilitando criterios productivos en zonas antes restringidas.

Buenos Aires, jueves 9 abril (PR/26) — En una jornada clave para la política ambiental y minera del país, la Cámara de Diputados sancionó este miércoles la reforma de la Ley de Glaciares (anteriormente Ley 26.639).

Con una votación que arrojó 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, el oficialismo logró convertir en ley el proyecto que ya contaba con el aval del Senado. La nueva normativa redefine los criterios de preservación y otorga a las provincias un rol protagónico en la gestión de sus recursos naturales.

Los ejes centrales de la nueva normativa

La reforma introduce cambios estructurales en la concepción de protección ambiental que regía desde 2010. Los puntos más destacados incluyen:

  • Reclasificación de áreas protegidas: La protección ya no será generalizada para todas las zonas periglaciares. Ahora, se limitará exclusivamente a aquellos glaciares y ambientes periglaciables que cumplan con una «función hídrica comprobada o relevante».

  • Federalismo y facultades provinciales: Se otorga a las provincias el margen para definir sus propios criterios de protección. Esto responde a un histórico reclamo de los distritos cordilleranos con potencial minero, permitiendo que cada jurisdicción evalúe qué zonas son estratégicas para su recurso hídrico.

  • Nuevo rol del IANIGLA: El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales pasa de tener un rol central en la toma de decisiones a una función registral. Si bien el Inventario Nacional de Glaciares seguirá siendo de consulta obligatoria, no podrá limitar las atribuciones de las provincias.

  • Habilitación de actividades productivas: Bajo el nuevo esquema, se podrán autorizar proyectos extractivos en zonas que anteriormente estaban bajo resguardo estricto, siempre que se demuestre mediante una evaluación de impacto ambiental que no se afecta una reserva hídrica vital.

  • Protección condicional: Se mantiene el principio precautorio para todos los glaciares registrados en el Inventario Nacional. Sin embargo, esta protección será revisable: si la autoridad ambiental comprueba que una geoforma no cumple funciones hídricas específicas, dejará de estar protegida por esta ley especial.

El debate entre la producción y el ambiente

Desde el Poder Ejecutivo sostienen que esta reforma fortalece el federalismo ambiental y elimina «interpretaciones arbitrarias» que frenaban el desarrollo económico.

Por el contrario, sectores de la oposición y organizaciones ambientales advierten sobre los riesgos de fragmentar los estándares científicos mínimos en todo el territorio nacional, lo que podría poner en peligro reservorios de agua dulce fundamentales frente al cambio climático.

La normativa ya fue girada al Poder Ejecutivo para su inmediata promulgación. Con este cambio, el sistema de prohibiciones generales de 2010 se transforma en un modelo de evaluación caso por caso, donde el impacto ambiental será analizado bajo la lupa de las normativas vigentes en cada provincia.

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Fuente: Varias