La soberanía sobre el histórico paso interoceánico vuelve al debate bilateral tras contrapuntos entre Argentina y Chile por los límites en el acceso atlántico, reviviendo discusiones históricas sobre el Tratado de 1881 y la paz de 1984. Por Ing Agr Pero Lobos
Por Ing. Agr. Pedro A. Lobos, director de Primicias Rurales
Buenos Aires, jueves 27 de agosto (PR/26) — Una nueva discrepancia técnico-diplomática volvió a encender las alarmas en las Cancillerías de Buenos Aires y Santiago de Chile.
Declaraciones provenientes de altos mandos militares argentinos sobre el status jurídico del acceso al paso marítimo provocaron una inmediata respuesta del Gobierno chileno. A diferencia de antiguos diferendos, el eje central no radica en la soberanía del cauce en sí, sino en la delimitación de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y el mar territorial en la boca oriental del paso interoceánico.
Los antecedentes y el marco jurídico bilateral
La soberanía sobre el paso estratégico quedó sellada jurídicamente a través del Tratado de Límites de 1881, mediante el cual Argentina reconoció que el Estrecho de Magallanes forma parte del territorio chileno. A cambio, el tratado fijó dos condiciones sustanciales:
Neutralización permanente del paso marítimo a perpetuidad.
Libre navegación universal para embarcaciones de todas las banderas en sus aguas.
Posteriormente, tras la crisis diplomática de la década de 1970 y la mediación del Vaticano, ambos países firmaron el Tratado de Paz y Amistad de 1984. Este instrumento definió con precisión los límites marítimos al sur del canal Beagle y en el mar de la Zona Austral, consagrando definitivamente el principio bioceánico (Argentina en el Atlántico, Chile en el Pacífico).
La postura de Argentina: la proyección atlántica en Cabo Vírgenes
El planteo argentino no desconoce el dominio chileno sobre el Estrecho propiamente dicho, sino que pone el foco en la proyección de las aguas territoriales e insulares atlánticas.
Puntos clave de la controversia: La discusión se concentra en la línea trazada entre Cabo Vírgenes (provincia de Santa Cruz, Argentina) y Punta Dúngenes (Chile).
Derechos soberanos: Sectores analíticos y militares argentinos remarcan que las aguas adyacentes al litoral santacruceño forman parte de su Zona Económica Exclusiva (ZEE) y plataforma continental, las cuales no deben ser absorbidas por la entrada al cauce transoceánico.
Delimitación de accesos: Se argumenta que la jurisdicción chilena comprende las aguas interiores del paso, pero no debe extenderse más allá de la boca oriental en detrimento de la soberanía atlántica argentina.
La respuesta categórica de Chile: inviolabilidad de los tratados
En Santiago de Chile, la reacción diplomática mantiene una línea doctrinal firme y unánime. Desde el Poder Ejecutivo y la Cancillería chilena se enfatiza que:
Inexistencia de diferendos: No hay aspectos ni vacíos pendientes respecto a la demarcación del área, ya que los límites vigentes quedaron cerrados mediante los tratados de 1881 y 1984.
Soberanía integral: Chile sostiene que su jurisdicción se extiende hasta los puntos exactos de demarcación acordados en la boca oriental del paso.
Garantía de navegación: Las autoridades del país vecino aclaran que la concesión de libre navegación a buques internacionales no altera la soberanía territorial ni las competencias del Estado ribereño sobre dichas aguas.
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Un enclave de alta significación geopolítica
El Estrecho de Magallanes es uno de los pasos estratégicos más importantes del hemisferio sur al conectar directamente el océano Atlántico con el océano Pacífico, evitando la compleja travesía del Cabo de Hornos.
Cualquier matiz en la interpretación de los límites marítimos australes cobra relevancia no solo para el tránsito mercante y la pesca, sino también para el control defensivo y la proyección hacia el continente antártico, zona donde los reclamos territoriales de ambas naciones superponen parcialmente sus límites. Por el momento, ambas Cancillerías apuestan a los mecanismos del Tratado de 1984 para encauzar el diálogo por la vía diplomática.

















