El organismo sanitario busca unificar criterios en todo el país y terminar con la duplicación de trámites, facilitando el registro de los establecimientos de engorde a corral sin descuidar la fiscalización sanitaria.

 

 

Buenos Aires viernes 4 septiembre (PR/26)– El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dio un paso clave para desburocratizar el sector al simplificar los requisitos de inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral.

Esta esperada medida busca unificar los criterios normativos en todo el territorio argentino y terminar de manera definitiva con la molestosa duplicación documental provocada por regímenes locales heterogéneos.

La modificación fue oficializada mediante la Disposición DNSA N.° 26/2026 publicada en el Boletín Oficial, la cual reforma de forma directa la previa Resolución N.° 329-E/2017 para agilizar cada gestión.

 

 

A partir de este cambio, se elimina completamente la obligación de presentar los certificados de uso territorial y de aptitud ambiental para poder registrar formalmente los feedlots.

 

Delimitación clara de las competencias locales

 

Esta decisión responde a que las autorizaciones vinculadas al uso del suelo, la radicación física y la protección ambiental pertenecen de forma explícita al ámbito de competencia provincial o municipal.

Exigir dicha papelería como un requisito previo para un trámite sanitario nacional generaba evaluaciones cruzadas y demoras administrativas que excedían las atribuciones específicas del SENASA.

 

 

Como consecuencia directa de esta actualización, también se deroga la declaración jurada sobre inexistencia de normativa local, un formulario que quedaba totalmente obsoleto e innecesario al suprimirse la exigencia previa.

 

Estándares sanitarios que se mantienen firmes

 

Es importante remarcar que la nueva disposición no crea nuevos trámites ni registros, como así tampoco altera los requisitos sanitarios esenciales que ya estaban contemplados en la normativa vigente.

En ese sentido, continúan siendo obligatorios la inscripción en el RENSPA, la correcta identificación de los predios y responsables, junto a la verificación técnica de las instalaciones en el campo.

 

Los establecimientos de engorde a corral deberán autogestionar el DT-e obligatoriamente | Agrofy News

 

Del mismo modo, persisten las exigencias de la visita de constatación presencial y el estricto cumplimiento de los registros sobre movimientos ganaderos, planes de tratamientos, alimentación y medidas de bioseguridad.

 

Responsabilidad de los productores y control sanitario

 

Asimismo, la norma aclara que el certificado otorgado por el organismo no sustituye las habilitaciones municipales o provinciales requeridas para la radicación, el cuidado del medio ambiente y la operación comercial.

 

Se simplifican los requisitos para la inscripción de establecimientos de engorde a corral | www.elsemiarido.com

 

Con este cambio estructural, el SENASA consolida su camino hacia la simplificación de gestiones, garantizando una fiscalización sanitaria rigurosa pero eficiente en los establecimientos de engorde a corral del país.

 

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Fuente: SENASA