Buenos Aires, 2 diciembre (PR/19) — Las firmas interesadas en exportar granos a China deben estar inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin necesidad de realizar un trámite adicional en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), ya que mediante la Resolución 76/2019 se derogó el Registro de Exportadores (Resolución 492/2001).

Por tal motivo a partir del jueves 5 y hasta el 20 de diciembre, el Senasa recibe las solicitudes de inscripción para las empresas interesadas en exportar cebada, soja, maíz y sorgo a China. Vencido el plazo, se cerrará la recepción de solicitudes y no se podrán incorporar empresas o cambios hasta dentro de cuatro meses, ya que la actualización del listado se hará en forma cuatrimestral.

En el marco de los acuerdos suscriptos entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Departamento de Cuarentena Animal y Vegetal de la Administración General de Aduanas de China (GACC), en los que se establecieron las condiciones y requisitos para la exportación de granos a China, es necesario actualizar periódicamente el listado de exportadores habilitados a exportar maíz, cebada, sorgo y soja al mencionado destino, como así también el listado de terminales de embarque.

Las firmas que ya se encuentren inscriptas y no presenten ninguna modificación en la información ya publicada en la página web del Servicio chino no deberán enviar una nueva solicitud de registro.

En el sitio web se encuentran disponibles los listados ya publicados por la GACC.

A fin de efectivizar lo solicitado se encuentra disponible, una nota modelo para cada producto (cebada, soja, maíz y sorgo), con el fin de solicitar el registro de una empresa exportadora y el listado actual de terminales de embarque.

Las solicitudes deberán enviarse al correo electrónico: granarios@senasa.gob.ar

Fuente: Senasa

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