Ing. Agr. Facundo Soria 
M.N. 15980 * 01 * 01
Responsable del Área de Producción Orgánica de la Dirección Nacional de Alimentos y Desarrollo Regional, de la Subsecretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (SAGYP).

Frente a la evolución de patrones de consumo y la crisis ambiental, es cada vez más visible un cambio hacia un consumo responsable de los alimentos. En esta nota su autor nos plantea los atributos de la producción orgánica, la diferenciación de sus productos, la importancia de la certificación, y por ende su  agregado de valor.

PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGÍA

Asistimos a un escenario dinámico a escala global, donde los patrones de consumo de alimentos también evolucionan y generan modificaciones en toda la cadena de valor hasta llegar a los productores primarios, diseminados en todo el planeta. Esos cambios en las preferencias a la hora de elegir qué comer, están condicionados por muchas variables, pero tal vez la más importante en muchos países es el poder adquisitivo de los consumidores. Eso es así, especialmente en un mundo cada vez más urbano y alejado de los polos productivos, que por razones de diversa índole cada vez se distancian y concentran más. Pero además de la logística, los circuitos largos y sus costos crecientes, es cada vez más visible un cambio fundamental ante un mundo en crisis ambiental: el consumo responsable.
Esta priorización de algunos tipos de alimentos en desmedro de otros es paulatina, pero avanza en todas las regiones y realidades, sostenida por los medios de comunicación y las redes sociales que van construyendo en la mente del consumidor y su propia integración de conceptos, una necesidad de generar cambios masivos a través de elecciones individuales.

Esas elecciones son los alimentos de base sustentable, orgánicos, agroecológicos, sin agroquímicos, etc. Alimentos que de alguna manera, más o menos fidedigna, poseen esas características buscadas.
Entre los últimos atributos en aparecer se encuentran los vinculados a la distancia, sin desmerecer sus propiedades nutricionales. Surgen así los alimentos “km 0”, producidos cerca de los centros de consumo y en consecuencia con cadenas cortas de comercialización, es decir, con pocos o ningún intermediario.
Esta situación es una oportunidad para muchas realidades productivas, en especial los “cinturones verdes” de hortalizas, frutas y granja de numerosos pueblos y ciudades, incluidas metrópolis.
Oportunidad que es capaz de revertir un proceso antagónico de expulsión de estos productores, en general pequeños, hacia otras zonas impulsados por una baja rentabilidad, presión inmobiliaria y fundamentalmente malas políticas de ordenamiento territorial.

Emerge un mundo que no dejará de exportar alimentos, sus materias primas o productos con mayor valor agregado también en el sentido de la sostenibilidad, pero que además valorizará políticas de soberanía alimentaria, desarrollo rural local y producciones resilientes para hacer frente al Cambio Climático. El pronóstico post COVID 19 parece indicar y corroborar aún más esta tendencia.

Ante este escenario y un consumidor cada vez más consciente y responsable por un lado y al surgimiento de la Agroecología por otro, emerge de manera creciente la duda conceptual respecto a dos tipos de alimentos con atributos de calidad similares: la producción orgánica y la denominada agroecológica.

¿En qué se asemejan y en qué se diferencian? Se parecen en mucho: en su génesis, principios y prácticas. Ambos sistemas poseen una visión holística, integral, sistémica y con un fuerte componente ético, que busca reemplazar insumos de síntesis químicas por servicios ambientales, otorgados en gran medida por el incremento en la biodiversidad. Por eso sus prácticas son similares: rotaciones, asociaciones, coberturas, cultivos y producciones mixtas, compostaje, uso de bioinsumos, etc. Y por ello los atributos de calidad que redundan en sus productos son también similares: ausencia de residuos de agroquímicos, de transgénicos y el proceso de cuidado y hasta restauración del ambiente que los origina.

¿Dónde está la diferencia entonces? El nivel de análisis para dicha respuesta puede ser largo y profundo, pero un punto de inflexión entre ambas trayectorias de evolución de ambos movimientos puede considerarse en la certificación.

El Movimiento Orgánico surge mayormente a mediados del siglo XX en los países más desarrollados como alternativa productiva, una respuesta a una agricultura que se había vuelto “química” con el uso masivo y creciente de fertilizantes y plaguicidas de síntesis (los agro-químicos). Más tarde vendrían los OGM y el principio precautorio empezó a cobrar fuerza, sumando restricciones. Así la ciencia Química fue dejándose de lado para revalorizar la Biología y la Ecología en la manera de producir, y en consecuencia estas denominaciones se sumaron a la hora de regular el rotulado de este tipo de alimentos cuando el mercado maduró y se estructuró. Por eso la evolución de este sistema, que pasó de la gestión privada de los movimientos sociales a la gestión gubernamental al establecer normativas oficiales, lo llegó a catalogar como herramienta de diferenciación y agregado de valor.

Este añadido de valor viene dado por la diferenciación, al permitir identificar de manera clara y confiable al consumidor, que allí encuentra los atributos que busca. Por eso se dice que los productos orgánicos son diferentes y diferenciados, porque existe un logo que los identifica (en nuestro país es el isologo oficial “Orgánico Argentina”), además de la denominación explícita en su etiqueta. Consecuentemente, al estar controlados, es preciso tener registrada toda su historia, desde el campo a la góndola y viceversa, otorgando pruebas y respaldo para las auditorías y por ende para el consumidor. Se suma entonces un atributo más a los alimentos orgánicos: son trazables.

El origen de la Agroecología es análogo, al erigirse también como una alternativa productiva que no pretende generar externalidades negativas, ésto es daños colaterales. Pero sus proyecciones y ambiciones fueron más allá y continúan hoy evolucionando, incorporando criterios incluso sobre lo netamente productivo ambiental. Se constituyó en una nueva ciencia, un enfoque científico, un cúmulo de saberes que combina varias ciencias (ecología, economía, sociología, etc.) e incluso saberes empíricos de manera transdisciplinaria, para producir de manera sustentable. Se trata de un nuevo paradigma de producción y de consumo, amplio y en constante dinamismo, cuyo objeto de estudio es el agroecosistema sustentable. Al no cerrarse en normativas más o menos taxativas, la evolución conceptual permitió desplegarse. Podríamos decir que la Agroecología es la mirada de la complejidad sobre la agricultura.

Sus principios (ambientales, sociales, políticos), empujados también por los movimientos sociales y hoy cada vez más desde las instituciones, fueron dando origen a sistemas productivos que para diferenciarse de los orgánicos orientados a determinados mercados de nicho mediante la diferenciación que otorga, se autodenominaron agroecológicos.

Pero a medida que este proceso continúa creciendo, el consumidor demanda y el productor ofrece, se va perfilando la necesidad de garantizar esa calidad diferente pero no diferenciada, porque el fraude comienza a ser una posibilidad.

Si el circuito es corto y el consumidor llega a cerciorarse de manera directa que los atributos de estos alimentos que busca están presentes a través de su propia experiencia, entonces el requisito de certificación es superfluo. Pero si las fronteras se extienden y ya no es posible esa verificación auto empírica, es donde cobra sentido construir un sistema de garantía que permita dar transparencia y confianza al mercado consumidor. En esa encrucijada está hoy este tipo de producción, que además percibe limitada su expansión al no poder rotular sus productos de manera legítima.

Encrucijada que el movimiento orgánico logró resolver mediante la regulación y consenso respecto al modo de certificar sus producciones, con el nuevo desafío ahora de expandirse sin perder credibilidad ni las bases que le dieron origen. Y con la condición añadida de estar sujeta a reglas arbitrarias en manos de las instituciones que las promueven como herramienta de inserción en los mercados.

Por eso una opción a considerar cuando un productor que se identifica como agroecológico desea diferenciar sus productos en mercados de mayor envergadura, es a través de la certificación orgánica. Proceso que conlleva no sólo el cumplimiento de los requisitos propios de la normativa (incluyendo trazabilidad), sino todos los prerrequisitos legales y de las Buenas Prácticas (Agrícolas, Ganaderas, Apícolas o de Manufactura), que tienen como base la inocuidad y seguridad del trabajador. Todo un desafío a pesar de compartir la mayor parte de los principios rectores y prácticas de manejo. Por otro, existe una corriente de pensamiento que considera también que el “paraguas” agroecológico también cubre (todo o una parte) la Producción Orgánica, que sería entonces un sistema productivo más entre otros, denominados de manera genérica “agroecológicos”.

CERTIFICACIÓN ORGÁNICA  

Básicamente cuando hablamos de certificación hablamos de garantía. Certificar es garantizar algo. Así, una garantía va a ser considerada más o menos válida en la medida que el organismo y el método para hacerlo sea más o menos serio y consistente.

En el mundo de los productos orgánicos, cuyo mercado está hoy fuertemente globalizado, esa garantía viene dada por la certificación orgánica, que en la gran mayoría de los casos está avalada por sistemas gubernamentales de fiscalización. Se trata de un control que de manera directa o indirecta audita periódicamente a los operadores de este tipo de alimentos (y no sólo alimentos), sean productores primarios, elaboradores/procesadores o comercializadores de los mismos. De todas las cadenas agroindustriales y en todas las regiones de nuestro planeta.

Técnicamente hablando la certificación es un proceso mediante el cual un organismo da garantía por escrito que un producto o servicio cumple con los requerimientos especificados en una norma o protocolo de calidad. Leído en clave orgánica, esos organismos son las denominadas Entidades Certificadoras (EC), ese documento escrito es el certificado orgánico, y esa norma o protocolo es la normativa orgánica.

En la mayor parte del mundo la normativa orgánica reviste hoy carácter gubernamental, creada y avalada por leyes nacionales, reglamentos o decretos oficiales. De esta forma si un país decide que un producto determinado pueda venderse (y rotularse) como orgánico, ecológico o biológico (eco o bio) dentro de su frontera, debe cumplir esa normativa. Y si un operador decide ofrecerlo, tendrá que cumplir ese requisito. Para facilitar este proceso es que existe un conglomerado de homologaciones, acuerdos uni o bilaterales entre los países para que este mercado fluya. Y así sucede constantemente en la medida que este universo de oferentes y demandantes crece y se multiplica cada vez más en volumen y diversidad.
Todas las normas tienen un núcleo común que encuentra gran parte de su raíz en el protocolo de calidad de la Federación Internacional de los Movimientos de la Agricultura Orgánica (IFOAM), creada en el año 1972; y en los criterios del Codex Alimentarius para este sistema sustentable y diferenciado de producción que constituye la producción orgánica.

En cuanto a los organismos que avalan esa garantía, es que existen las EC, que son mayoritariamente empresas privadas que brindan los servicios de certificación, especializados e idóneas para realizar esta labor de auditar periódicamente y contrastar lo observado y evaluado con la normativa orgánica. Se encargan de tercerizar el trabajo de certificación, controlando de manera transparente, confidente, objetiva, imparcial y sin conflicto de intereses que puedan comprometer esa garantía. Esto es cumpliendo la Guía ISO 17.065.

Adicionalmente este aval debe ser reconocido, con lo cual es preciso contar con las respectivas habilitaciones y acreditaciones. Aquí es donde los organismos oficiales de fiscalización y control entran en escena: los SENASA o Ministerios de Agricultura de cada país o bloque, que de manera directa o indirecta controlan el cumplimiento de esos requisitos en los que producen o elaboran estos alimentos.

¿Y por qué digo de manera directa? Porque es el Estado a través de organismos de gestión pública que puede otorgar esa garantía escrita, es decir certificar. A ésto se lo conoce normalmente como Certificación Pública (CP).

Por otro lado hay casos donde son los mismos productores los que deciden avalar esa garantía, sin pasar por EC. La relación es entonces también más directa, pero no porque el Estado asume el rol de certificador como el caso anterior, sino que ahora son los mismos implicados en el proceso productivo los que lo hacen al emitir el certificado. Es el caso de los Sistemas Participativos de Garantía (SPG), cuya regulación constituye uno de los puntos no resueltos y más controvertidos dentro del movimiento orgánico. Esos casos están hoy fuertemente cuestionados por el mercado internacional e incluso nacional de muchos países, pero existen y es preciso conocerlos.

Un caso intermedio, mucho más difundido y reconocido internacionalmente, lo constituyen los denominados Sistemas Internos de Control (SIC), donde se permite que un grupo de productores gestionen su propio sistema de garantía, que puede o no ser participativo, pero que requiere necesariamente un control externo. Esa tercera parte, que puede ser una certificadora privada o el Estado de manera directa, es quien debe ser finalmente el que garantice y emita el certificado orgánico, si bien reconoce parte del (auto) control de los requisitos normativos a cumplir, con lo cual los costos se licuan de manera significativa.

El siguiente esquema puede servir para clarificar estas relaciones:

En Argentina la normativa orgánica oficial, amparada por la Ley Nacional 25.127, sus Decretos y demás Resoluciones, y en especial la Resolución SENASA 374/2016, especifica que es posible habilitar EC, sean de carácter público o privado, para garantizar la calidad orgánica de los productos. Si bien hoy no existe Certificación Pública en nuestro país, no hay razones normativas que lo impidan. Sinembargo sí las hay para poder certificar grupos mediante SIC o mediante SPG.

Pero en cambio permite que un grupo de productores pueda certificar sus propios productos orgánicos, siempre y cuando tercerice las inspecciones y el denominado Comité de Certificación, y con la condición que venda los mismos sólo en el mercado interno, es decir que no los puede exportar. Al igual que el caso de la CP, pero por distintos motivos, no existen ejemplos vigentes de esta modalidad en nuestro país, que se la conoce como la “Ex 42-94” haciendo referencia a la Resolución oficial que le dio origen, hoy derogada pero que mantiene su vigencia en la Resolución SENASA 374/2016.

PRODUCCIÓN ORGÁNICA EN ARGENTINA

La Producción Orgánica es la estrategia de agregado de valor que se ha posicionado en el mundo como la herramienta que mejor interpreta las necesidades y deseos de consumo consciente y responsable actuales. Representa una política de estado clave en los grandes bloques de países desarrollados como la UE que establece que para el 2030 el 25% de su producción agroalimentaria deberá ser orgánica, o EEUU que promociona su producción y consumo para combatir graves serios alimentarios en su población.

En Argentina es política de estado desde el año 1992 cuando emergió la Resolución (ex) IASCAV (hoy SENASA) 423, que culminó en la Ley Nacional 25.127 en el año 1999, logrando de manera rápida el reconocimiento de mercados compradores como la UE, Suiza y luego Japón. En el año 2016 se compiló y completó la norma en un gran alcance a través de la Resolución SENASA 374. Es el SENASA el organismo oficial de fiscalización y control, mientras que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (SAGYP), se encarga de la promoción, creando los isologos oficiales “Orgánico Argentina” en 2012 y “Orgánico Argentina en Conversión” en 2022.

Entre las ventajas comparativas y competitivas que nuestro país cuenta para el desarrollo de la actividad se destacan:
>        Variedad de climas, suelos y producciones en economías regionales, con provisión de agua de calidad y biodiversidad poco intervenida en términos comparativos.
>        Capacidad productiva instalada, variada y profesional. La mayor parte de los productos que el mundo demanda Argentina puede ofrecerlos de manera orgánica, con un sistema confiable y prestigioso de garantía.
>        Equivalencias reconocidas con países o bloques con alta demanda de este tipo de productos y sistemas de certificación altamente capacitados.
>            Ventajas impositivas instaladas como la rebaja del derecho de exportación para la mayor parte de los productos orgánicos de economías regionales y reintegros a la exportación (0,5%).
>        La Comisión Asesora para la Producción Orgánica, creada a partir de la Ley 25.127 y con más de 23 años y 75 reuniones de trabajo ininterrumpidas, es el ámbito público-privado en el cual se articula el fortalecimiento del sector orgánico argentino.
>        En el marco de esta Comisión se desarrolló el “Plan Estratégico del sector de la Producción Orgánica Argentina 2030”, que fue oficializado en el año 2021 y diseñado de manera participativa y consensuada entre el sector público (INTA, INTI, INASE, SENASA, CFI, Ministerios y Secretarias nacionales, Provincias, Universidades y Centros de Investigación) y el privado (MAPO, CACER, Consejos Profesionales) con el objetivo de lograr mayor producción, con más cantidad de productores y generación de más puestos de trabajo con arraigo territorial.
>        Dicho Plan se viene ejecutando hace casi 3 años, con avances parciales en las metas buscadas. Los espacios interinstitucionales (Mesas) en los que se trabaja son 4: Exportación, Comunicación, Tecnología y Desarrollo Territorial. A su vez se organizaron 8 Mesas Provinciales (Catamarca, Salta, Santiago del Estero, Tucumán, Buenos Aires, Entre Ríos, Misiones, Tierra del Fuego) y 2 Mesas Regionales (NOA y Patagonia Norte Neuquén y Río Negro) con agenda propia.


Entre los impactos positivos o beneficios que la Producción Orgánica otorga se destacan:
>        Actividad económica generadora de divisas (exporta más del 98% de su producción).
>        Agrega valor en los territorios mediante integraciones verticales y horizontales de mediano y largo plazo.
>        Genera mayor trabajo (mano de obra en producción primaria principalmente), y por consecuencia arraigo territorial.
>            Revaloriza las economías regionales.
>        Favorece la protección ambiental, a través de la preservación de la biodiversidad, del suelo y de los recursos naturales.
>            Produce alimentos sanos y de una mayor calidad nutricional.
>        Constituye una verdadera estrategia competitiva para pequeños y medianos productores de todo el país.
Por todo ello es que en el marco del Plan Estratégico 2030 se definió y actualizó un Proyecto de Ley de promoción de los productos orgánicos, que tuvo antecedentes de más de 10 años y que sólo logró obtener media sanción de la HCDN en el año 2015.
Con este nuevo incentivo, a modo de impacto, se busca:
>            Mejorar los indicadores de rentabilidad en las empresas que producen y/o elaboran productos orgánicos.
>        Incentivar a nuevos agentes para que decidan iniciarse en la actividad.
>        Contribuir a un crecimiento sostenido de la oferta de productos orgánicos en el mercado interno.
>        Contribuir a las exportaciones de productos orgánicos.
>        Fomentar las condiciones que permitan encarar acciones o políticas orientadas a incrementar el agregado de valor a los productos.

Todo ello propiciará la consolidación de este sector dentro del conjunto productivo nacional.
En el siguiente esquema se grafica en una línea de tiempo los principales hitos de desarrollo del sector en Argentina:

PROYECTO DE LEY DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA PARA ECONOMIAS REGIONALES

El nuevo proyecto, que ya logró en julio de 2023 obtener nuevamente la media sanción en la HCDN y busca lograr lo mismo en la Cámara de Senadores, propone entre sus medidas:
>    Creación de un Régimen de Promoción de la Producción y/o Elaboración de Productos Orgánicos, debidamente certificados y autorizados, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 25.127 de Producción Ecológica, Biológica u Orgánica, por un lapso de 10 años.
>    Creación del “Registro de Productores/ras y Elaboradores/ras de Productos Ecológicos, Biológicos u Orgánicos”, en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca para la inscripción de los beneficiarios.

>    Beneficiarios: productores y/o elaboradores de productos alcanzados por la Ley 25.127, con al menos un año de permanencia a contar desde el inicio del seguimiento, en debido cumplimiento de la normativa oficial (monto máximo de facturación correspondiente a empresas Medianas Tramo I según Ley 24.467).

>    Autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca de la Nación. En materia fiscal y tributaria, la Autoridad de Aplicación será el área competente del citado Ministerio.

>    Tratamiento fiscal para el sector: Bono de crédito fiscal intransferible del 50% de la totalidad de las contribuciones patronales, sobre la nómina salarial de mano de obra empleada en la producción y/o elaboración de productos orgánicos con destino a los sistemas y subsistemas de seguridad social previstos en la ley 24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones). Los beneficiarios podrán utilizar dichos bonos para la cancelación de tributos nacionales, sus anticipos, tributos aduaneros, excluyendo el impuesto a las ganancias. El bono no podrá utilizarse para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación del beneficiario al régimen de la presente ley. Y reducción del cincuenta por ciento (50%) en el monto total del impuesto a las ganancias determinado en cada ejercicio respecto de las actividades productivas y/o de elaboración abarcadas por esta ley.

>    Creación de un Fondo de Promoción del Producto Orgánico, integrado por los recursos que anualmente se asignen a través de la ley de presupuesto, ingresos por legados o donaciones y fondos provistos por organismos internacionales u organizaciones no gubernamentales, por un total de 12.500 módulos equivalentes en la actualidad a $100.000.000 de acuerdo conforme con el artículo 28 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios y el valor del módulo emergente del artículo 35 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios, complementarios y a tal fin se dicten.
La administración del Fondo de Promoción del Producto Orgánico estará a cargo del Ministerio de Economía de la Nación.

La Aplicación del Fondo, incluirá: programas de asistencia técnica y/o financiera; proyectos de investigación y desarrollo; fortalecimiento institucional de entidades sectoriales, de promoción, autoridades locales y otras instituciones de relevancia para el sector; programas de conversión de áreas periurbanas a la producción orgánica; Aportes No Reembolsables (ANR) para acceder a la certificación orgánica de nuevos productores y elaboradores; programas educativos en escuelas secundarias agrarias y rurales, y en nivel terciario o superior; promoción comercial de los productos orgánicos en el mercado interno; programas de incentivos a empresas para la innovación y el desarrollo de tecnologías productivas, y para el desarrollo de tecnologías de información y comunicación (TICs).

El proyecto de ley prevé invitar a todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que adhieran a la presente normativa, sancionando leyes dentro de su jurisdicción que tengan un objeto principal similar al de la presente ley, previendo estructuras administrativas para fortalecer ámbitos de trabajo y/o entablar nuevas alianzas entre gobiernos, el sector privado y la sociedad civil.

RESUMEN MUNDIAL (Fuente: FiBL 2023)
>    Mercado Orgánico mundial: +124 Billones de Euros, en continuo crecimiento: EEUU: 48,6 M de Euros, Alemania: 15,9 M de Euros, Francia: 12,7 M de Euros.
>    Operadores orgánicos: 3,7 millones (+4,2% de crecimiento desde 2020).
>    Superficie Orgánica: 76,4 millones de ha (+1,7 de crecimiento desde 2020).
>    Mercados emergentes: China, India, Brasil e Indonesia.
>    Mayor consumo per cápita: Suiza, Dinamarca, Luxemburgo.

RESUMEN NACIONAL 2022 (Fuente: SENASA 2023)
>    2° país en superficie certificada a nivel mundial (3,9 millones de hectáreas): 3,6 millones de hectáreas de producción animal (producción ovina en Patagonia) y 290.000 has de producción vegetal.
>    Operadores orgánicos totales: 2007 (1.376 productores primarios, 505 elaboradores y 126 comercializadores. La suma no es exacta por la gran integración vertical de empresas, mayoritariamente Pymes y micro Pymes en 1.226 razones sociales diferentes).
>    Más de 1.500 productos diferentes, de todas las provincias y economías regionales.
>    Exportación: 118.685 toneladas (98%): EEUU (43%) y Europa (38%).
>    Destinos internacionales: 69 países.
>    Superficie cosechada: 109.987 ha (+14% respecto 2021). Se sostiene la tendencia positiva en el largo plazo (últimos 10 años).
>    Mercado interno: En 2022 los productos con destino a consumo final dirigidos al mercado local disminuyeron y participan en un 1,3% del volumen certificado. Se sigue caracterizando por una diversidad en la oferta de productos.


Por todo lo dicho es que la Producción Orgánica constituye una herramienta de valoración de las producciones sostenibles de Argentina para el mundo y nuestro propio mercado interno, creando oportunidades de arraigo y protección social, que incluye la restauración del ambiente en línea con los Objetivos para el Desarrollo Sostenible (ODS). Su crecimiento mundial interanual alcanza los 2 dígitos en muchos países, siendo el sector alimentario que más crece desde hace años.

Por ello, se vislumbra que la agricultura convencional tenderá (proceso que ya inició) a requisitos similares a los ya estipulados por la Producción Orgánica.

Así pues, se estima fundamental el acompañamiento político para continuar propiciando el continuo desarrollo de este sector que en Argentina viene creciendo en los últimos años en exportaciones, superficie bajo seguimiento y cosechada, desarrollo de economías regionales y una paleta cada vez más diversificada de productos elaborados con alto valor agregado.

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