La reducción es de un 7,63% para micro y pequeñas empresas y de un 9,16% para las medianas, de acuerdo con la Resolución General 5481/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Así lo había anticipado el ministro de Economía, Luis Caputo, quien aseguró que “nuestra intención es que a futuro la AFIP deje de financiar estos planes, pero entendemos que la transición hacia un país donde la pymes puedan acceder mas fácilmente a créditos bancarios tomará algún tiempo”.

Según lo dispuesto, la tasa de interés de financiación será la que resulte de aplicar el 50%, 60% o 100% sobre la tasa de interés resarcitorio -vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago- prevista la Resolución N° 3 del 19 de enero de 2024 del Ministerio de Economía o la norma que en el futuro la reemplace.

Esta medida entrará en vigencia desde este martes, pero resultará de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1 de febrero de 2024, de acuerdo con el texto oficial.

La AFIP recordó que mediante la Resolución General N° 5.321 se estableció un régimen de facilidades de pago de carácter permanente que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social -así como sus intereses y multas-, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de ese organismo.

En consecuencia, resaltó que su objetivo es “coadyuvar al cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y/o responsables, en cuyo mérito, se estima pertinente efectuar determinadas adecuaciones respecto del porcentaje aplicable para el cálculo de la tasa de interés de financiación de los planes de facilidades de pago, a fin de fortalecer el estímulo al trabajo de las pequeñas y medianas empresas”.

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Fuente: Noticias Argentinas