Buenos Aires, 27 de noviembre (PR/20) .-La medida alcanza a las actividades de hasta 400 hectáreas que hayan vendido sus granos entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre
De la normativa se desprende que se autorizó también la nómina de beneficiarios a los cuales alcanza la medida y la determinación de las compensaciones de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6° de la Resolución Conjunta Nº RESFC-2020-1-APN-MAGYP.
Cabe destacar que el Programa de Compensación y Estímulo destinará la suma de $11.550 millones para el sector, atendiendo las demandas de cada zona del país con un sentido de equidad territorial. Es una medida que beneficia a todas aquellas personas físicas y jurídicas que hayan declarado una superficie sembrada de hasta 400 hectáreas destinadas al cultivo de soja y que hayan facturado durante 2019 un máximo de $20 millones.
En concordancia con lo dispuesto en el Decreto Nº 786/20, podrán ser beneficiarios de la compensación aquellos productores que hayan registrado ventas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), según los montos, superficies y fechas establecidas.
Para la implementación del Programa, la cartera agropecuaria nacional diseñó un sistema escalonado por cantidad de hectáreas destinado a que las compensaciones cumplan con el objetivo redistributivo y federal propuesto en el espíritu de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.