Trámites más simples para el campo: el SENASA elimina exigencias ambientales y territoriales para inscribir feedlots

Trámites más simples para el campo: el SENASA elimina exigencias ambientales y territoriales para inscribir feedlots

El organismo sanitario busca unificar criterios en todo el país y terminar con la duplicación de trámites, facilitando el registro de los establecimientos de engorde a corral sin descuidar la fiscalización sanitaria.

 

 

Buenos Aires viernes 4 septiembre (PR/26)– El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dio un paso clave para desburocratizar el sector al simplificar los requisitos de inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral.

Esta esperada medida busca unificar los criterios normativos en todo el territorio argentino y terminar de manera definitiva con la molestosa duplicación documental provocada por regímenes locales heterogéneos.

La modificación fue oficializada mediante la Disposición DNSA N.° 26/2026 publicada en el Boletín Oficial, la cual reforma de forma directa la previa Resolución N.° 329-E/2017 para agilizar cada gestión.

 

 

A partir de este cambio, se elimina completamente la obligación de presentar los certificados de uso territorial y de aptitud ambiental para poder registrar formalmente los feedlots.

 

Delimitación clara de las competencias locales

 

Esta decisión responde a que las autorizaciones vinculadas al uso del suelo, la radicación física y la protección ambiental pertenecen de forma explícita al ámbito de competencia provincial o municipal.

Exigir dicha papelería como un requisito previo para un trámite sanitario nacional generaba evaluaciones cruzadas y demoras administrativas que excedían las atribuciones específicas del SENASA.

 

 

Como consecuencia directa de esta actualización, también se deroga la declaración jurada sobre inexistencia de normativa local, un formulario que quedaba totalmente obsoleto e innecesario al suprimirse la exigencia previa.

 

Estándares sanitarios que se mantienen firmes

 

Es importante remarcar que la nueva disposición no crea nuevos trámites ni registros, como así tampoco altera los requisitos sanitarios esenciales que ya estaban contemplados en la normativa vigente.

En ese sentido, continúan siendo obligatorios la inscripción en el RENSPA, la correcta identificación de los predios y responsables, junto a la verificación técnica de las instalaciones en el campo.

 

Los establecimientos de engorde a corral deberán autogestionar el DT-e obligatoriamente | Agrofy News

 

Del mismo modo, persisten las exigencias de la visita de constatación presencial y el estricto cumplimiento de los registros sobre movimientos ganaderos, planes de tratamientos, alimentación y medidas de bioseguridad.

 

Responsabilidad de los productores y control sanitario

 

Asimismo, la norma aclara que el certificado otorgado por el organismo no sustituye las habilitaciones municipales o provinciales requeridas para la radicación, el cuidado del medio ambiente y la operación comercial.

 

Se simplifican los requisitos para la inscripción de establecimientos de engorde a corral | www.elsemiarido.com

 

Con este cambio estructural, el SENASA consolida su camino hacia la simplificación de gestiones, garantizando una fiscalización sanitaria rigurosa pero eficiente en los establecimientos de engorde a corral del país.

 

Primicias Rurales
Fuente: SENASA
Se establecen condiciones de bioseguridad y buenas prácticas para la piscicultura comercial

Se establecen condiciones de bioseguridad y buenas prácticas para la piscicultura comercial

El SENASA aprobó la primera normativa sanitaria nacional para regular la piscicultura comercial, estableciendo condiciones obligatorias de bioseguridad y buenas prácticas para potenciar el desarrollo acuícola.

 

 

 

 

Buenos Aires, jueves 3 septiembre (PR/26) — La medida, reglamentada por SENASA, alcanza a la producción primaria de peces para consumo. Es la primera norma sanitaria que regula esta actividad en Argentina; y consolida el objetivo estratégico de la Secretaría de Agricultura de potenciar el desarrollo acuícola tanto en establecimientos en tierra como en ríos, lagos y mar.

En resguardo de la acuicultura argentina, y ante la ausencia de una normativa específica, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó las condiciones mínimas de bioseguridad y buenas prácticas acuícolas que deberán cumplir los establecimientos de producción comercial de peces para consumo en todo el territorio nacional, lo que permitirá desarrollar la actividad y abrir mercados.

A través de la Resolución N.° 793/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo nacional reglamentó los requisitos principales para establecimientos de la piscicultura comercial, comprendiendo tanto aquellos ubicados en tierra como los emplazados en cuerpos de agua continentales (ríos, lagos y embalses) o marítimos, incluyendo a los establecimientos de cría (reproducción, incubación, alevinaje) y de engorde.

Ante esta nueva norma, todos los establecimientos ictícolas alcanzados por la misma deberán inscribirse en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), cumplir con las exigencias vigentes en materia de bienestar animal y contar con un Técnico Acuícola Acreditado. Para ello, a partir de octubre el SENASA habilitará el curso de acreditación correspondiente en su Aula Virtual para usuarios externos.

 

 

Por otro lado, la norma establece exigencias mínimas de infraestructura vinculadas con la bioseguridad, que varían según el ambiente productivo. Contempla tanto a los establecimientos en tierra —con exigencias de delimitación de áreas, señalización y barreras sanitarias en los accesos— como a los emplazados en cuerpos de agua continentales o marítimos, para los cuales suma requerimientos propios de las jaulas flotantes.

Respecto a los principales requisitos para garantizar las condiciones de bioseguridad y BPA, se deberán implementar controles de acceso, protocolos de manejo del agua, cuarentena para los lotes de nuevo ingreso, limpieza y desinfección periódica de instalaciones y equipos, gestión segura de la mortalidad y notificación de sospecha de enfermedades, entre otras medidas.

Cada establecimiento deberá además contar con un Manual de Bioseguridad y de Buenas Prácticas Acuícolas, que detalle las medidas de prevención, protocolos de limpieza y desinfección, y acciones de manejo sanitario y bienestar animal. Asimismo, será necesario disponer de un Manual de Contingencia para actuar ante eventos de alta mortandad o sospecha de enfermedades de notificación obligatoria, y llevar un registro documental auditable de todas estas acciones.

Teniendo en cuenta la heterogeneidad del sector, la normativa propone un proceso de implementación y adecuación en etapas. La entrada en vigencia de la norma será de 180 días corridos desde su publicación; a partir de ese momento, los titulares de los establecimientos tendrán 90 días para presentar ante el SENASA un informe de cumplimiento de los requisitos. En casos de cumplimiento parcial, se deberá acompañar de un plan de adecuación, que tendrá un plazo de 24 meses para completar las exigencias pendientes.

 

 

Esta medida constituye la primera norma que regula específicamente la actividad y busca impulsar medidas de gestión que acompañen su crecimiento, mejorar la trazabilidad de los peces y del material reproductivo, proteger el patrimonio zoosanitario nacional y mitigar el riesgo de introducción de enfermedades.

Asimismo, tiene como objetivo sostener el estatus autodeclarado de la zona libre de enfermedades de los salmónidos en la región norte de la Patagonia, garantizar la inocuidad alimentaria e impulsar la producción sustentable de mercancías de calidad para el mercado interno y de exportación, en línea con las recomendaciones que establece el Código Sanitario para los Animales Acuáticos de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).

 

 

Primicias Rurales
Fuente: SENASA
Inscripción para exportadores de granos de cebada, trigo, soja, sorgo y maíz a China hasta el 6 de septiembre

Inscripción para exportadores de granos de cebada, trigo, soja, sorgo y maíz a China hasta el 6 de septiembre

El SENASA recibe hasta el 6 de septiembre las solicitudes para las empresas que deseen exportar granos a China.

 

Buenos Aires, lunes 31 agosto (PR/26) — En el marco del calendario anual de actualización de registro y de los acuerdos bilaterales que establecen los requisitos para la exportación de granos a la República Popular China, quienes deseen exportar a este destino deben completar su inscripción en el Sistema de Autogestión de Solicitudes de Exportación del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agrolimentaria (SENASA).

Desde el 24 de agosto y hasta el 6 de septiembre inclusive deberán inscribirse de manera obligatoria en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas (DGA) de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) las firmas exportadoras que nunca lo hicieron y las que ya se inscribieron previamente, pero que deban realizar una modificación de datos (razón social y/o domicilio) o agregar un producto. Finalizado el plazo estipulado, la recepción de solicitudes posteriores a la fecha quedarán en estado «Pendiente» hasta la próxima convocatoria.

Los interesados deben hacerlo desde la página de la ARCA al servicio del Registro de exportadores / importadores. Una vez allí, ingresando en el Sistema de Autogestión de solicitudes de exportación, seleccionar cargar solicitud de exportación granarios. Luego, en «Solicitud de inscripción para», seleccionar «China». Se debe marcar de manera precisa el tipo de trámite a realizar entre las opciones que da el Sistema.

Además, es necesario ingresar el número de CUIT de la empresa exportadora y completar los datos de contacto que solicita el Sistema. A continuación seleccionar el/los productos a exportar. Una vez finalizados los pasos anteriores, dar conformidad al Anexo III y luego descargar el Anexo II para enviarlos por correo electrónico según se detalla a continuación:

-Anexo II. En cada convocatoria, se deberá actualizar el listado de posibles proveedores de granos (acopios). A su vez, el presente Anexo deberá ser confirmado por todos los exportadores de granos a China. El mismo deberá enviarse a la Dirección de Información Estratégica Fitosanitaria (DIEF), a los siguientes contactos: Guadalupe Montes (gmontes@senasa.gob.ar) y Matias Sesin (msesin@senasa.gob.ar).

–Anexo II – Listado de proveedores posibles para embarques con destino a China.

–Anexo III. Compromiso de los proveedores y exportadores. Requisitos de la muestra y mantenimiento por 120 días. Aceptar dicho compromiso en el Sistema de Autogestión.

–Anexo V – Declaración Jurada de zarandeo de cebada con intención de exportación a la República Popular China. Presentar en el SENASA, Puerto local de embarque.

–Anexo VI – Declaración Jurada de zarandeo de trigo con intención de exportación a la República Popular China. Presentar en el SENASA, Puerto local de embarque.

Ante cualquier duda o consulta, comunicarse con la Coordinación de Piensos y Productos Granarios por teléfono al (011) 4121-5175 o por correo electrónico a granarios@senasa.gob.ar.

Todos los exportadores que deseen chequear el estado de su inscripción en el Registro de la Administración General de Aduanas de la República Popular China (GACC, por sus siglas en inglés) pueden ingresar aquí.

 

 

Primicias Rurales
Fuente: SENASA
Conflicto ganadero: el campo bonaerense exige frenar la desregulación del SENASA en la vacunación antiaftosa

Conflicto ganadero: el campo bonaerense exige frenar la desregulación del SENASA en la vacunación antiaftosa

La COPROSA de Buenos Aires aprobó por unanimidad un reclamo al SENASA para frenar la Resolución 201/2026, que desregula la vacunación antiaftosa desde 2027. Las entidades alertan que el ingreso de veterinarios privados desfinanciará a los entes sanitarios locales y dejará sin cobertura a la ganadería familiar.

Buenos Aires, domingo 30 agosto (PR/26) — La Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de Buenos Aires aprobó por unanimidad un reclamo formal al SENASA para que revea la Resolución 201/2026. Esta normativa desregula el sistema histórico de vacunación ganadera y habilita la intervención de veterinarios privados independientes a partir del 1° de enero de 2027.

El pedido fue respaldado por el Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense, el Colegio de Veterinarios provincial, CARBAP, CONINAGRO y la Federación Agraria Argentina, advirtiendo sobre graves riesgos operativos y financieros para el sector productivo de la región.

La Comisión Provincial de Sanidad Animal  es el organismo asesor y de coordinación de las políticas sanitarias agropecuarias en el ámbito de cada provincia argentina.

En el caso de la provincia de Buenos Aires, este espacio reúne tanto a representantes del sector público (como el Ministerio de Desarrollo Agrario) como a entidades del sector privado (asociaciones de productores, sociedades rurales, colegios profesionales y federaciones agropecuarias).

Su función principal es consensuar, coordinar y fiscalizar las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades de los animales, destacándose históricamente por administrar y supervisar las campañas obligatorias de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis a través de las fundaciones y entes sanitarios locales.

Puntos clave del reclamo institucional

Las entidades rurales alertan que la medida priorizará establecimientos grandes de cien animales por sobre los pequeños de cinco, encareciendo o dejando sin cobertura a la ganadería familiar de subsistencia.

Advierten que la migración de los grandes productores hacia esquemas particulares provocará el desfinanciamiento de los entes sanitarios locales, rompiendo el principio solidario de cobertura territorial total.

Reclaman definiciones operativas urgentes sobre logística, fiscalización y emisión de actas, exigiendo que las decisiones fundamentales no se posterguen para finales del corriente año.

Detalles estructurales de la Resolución 201/2026

La normativa del SENASA introduce un cambio estructural en las campañas obligatorias contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina, modificando radicalmente el modelo sanitario vigente.

Establece la libre elección, habilitando a los titulares de campos con RENSPA a contratar de forma directa a cualquier veterinario privado que se encuentre acreditado ante el organismo nacional.

Implementa una descentralización operativa total, donde el profesional independiente pasa a ser responsable de negociar honorarios, viáticos y costos generales, además de gestionar la compra y aplicación.

Deroga oficialmente la Resolución 368/2011, la cual centralizaba históricamente la logística de la vacunación exclusivamente en los entes locales administrados por los propios productores rurales.

Impacto económico crítico en las fundaciones locales

Los entes sanitarios advierten que el nuevo esquema destruye por completo el principio de solidaridad económica que garantiza la sostenibilidad del sistema sanitario provincial.

Se proyecta un éxodo de grandes aportantes hacia contratos particulares para abaratar costos, privando a las fundaciones de sus ingresos más significativos para operar de forma continua.

El costo por cabeza se disparará, ya que las estructuras administrativas fijas se licuarán en muchos menos animales, obligando a aumentar fuertemente el precio de la tasa local por vacuna.

La quiebra operativa será inminente para muchas oficinas zonales, las cuales perderán la capacidad financiera para sostener personal, vehículos y cadenas de frío indispensables.

La postura oficial a favor de la medida

El Gobierno Nacional y las autoridades del SENASA defienden la desregulación económica bajo los principios del libre mercado y la reducción de costos operativos para el productor.

Sostienen que eliminar el monopolio de las fundaciones permitirá negociar precios más competitivos, otorgando absoluta libertad de elección al titular del campo sin intermediarios obligatorios.

Buscan una modernización del sistema sanitario mediante la desburocratización de los procesos y la integración directa de los profesionales independientes en el circuito oficial.

Sectores críticos insisten en que este esquema descentralizado pone en riesgo la trazabilidad y la estricta sanidad exigida internacionalmente para el mercado de exportación cárnico.

Primicias Rurales

Olayón, el sello quesero cordobés que transforma la cuenca de Villa María y proyecta sus productos al mundo

Olayón, el sello quesero cordobés que transforma la cuenca de Villa María y proyecta sus productos al mundo

 

El producto es impulsado por el Clúster Quesero de Villa María, reuniendo a productores, industrias e instituciones como el INTA en proyectos estratégicos de maduración, calidad y exportación.

 

 

Buenos Aires sábado  29 agosto (PR/26)– La cuenca lechera de Villa María ya cuenta con un queso verdaderamente propio e inconfundible. Se llama Olayón y representa el fruto directo de un trabajo asociativo y apasionado entre el INTA, diversas instituciones educativas, productores locales e industrias apasionadas reunidas en el Clúster Quesero.

Este sabroso queso de pasta dura posee cualidades técnicas fascinantes que van mucho más allá de su excelente sabor. Su estructura le permite conservarse durante períodos prolongados, posibilitando aguardar estratégicamente mejores condiciones de mercado para concretar su venta.

 

🧀 Se presentó una nueva edición del Queso Olayón, "la marca de nuestros orígenes", en el predio de FUNESIL, como cierre de año del Clúster Quesero de Villa María. 👉 La ceremonia

 

El desarrollo de Olayón forma parte inseparable de una experiencia colectiva mucho más amplia y ambiciosa iniciada formalmente en 2009. A lo largo de los años, este grupo coordinado logró avanzar con firmeza sobre múltiples desafíos estructurales de la cadena láctea.

Entre sus hitos principales, el Clúster impulsó con éxito una monumental cámara con capacidad de conservación capaz de almacenar más de 9 millones de kilos de queso. En la actualidad, esta infraestructura clave se alista para sumar un depósito fiscal refrigerado y despacho aduanero propio.

Esta mejora estratégica facilitará de manera directa todas las operaciones de comercio exterior para las pymes de la zona. Asimismo, se trabaja activamente en la actualización integral de los perfiles sensoriales de los quesos regionales según las pautas del Código Alimentario Nacional.

 

Presencia en grandes eventos y compromiso con la comunidad

 

Con el claro objetivo de visibilizar la excelencia regional, la entidad participa continuamente en prestigiosas ferias y exposiciones del sector agroindustrial. Estas instancias de encuentro resultan fundamentales para promocionar la calidad de los productos lácteos elaborados en la zona.

En este marco, del 3 al 6 de septiembre la organización marcará presencia en la esperada Mega Exposición del Centro Argentino (MECA), que tendrá lugar en las instalaciones de la Sociedad Rural de Villa María.

 

 

Durante esta importante edición, el renovado pabellón quesero exhibirá un imponente queso gigante de 1000 kilos elaborado especialmente por una industria asociada. La pieza será rematada con fines solidarios para colaborar con el suministro de leche en polvo a comedores y merenderos públicos.

Detrás de semejantes acciones existe una cuenca lechera formidable que concentra cerca del 30% de la producción nacional de quesos. En el espacio geográfico abarcado operan activamente más de 700 tambos y más de 50 industrias lácteas que procesan cotidianamente más de 6 millones de litros diarios.

 

Protocolo estandarizado y el valor de la maduración

 

El emblemático Olayón fue cuidadosamente ideado bajo un riguroso protocolo común de elaboración que exige un tiempo mínimo de maduración de seis meses. Habiendo sido relanzado hacia fines de 2025, en el presente ya es producido industrialmente por seis fábricas regionales.

Sergio Dequino, destacado extensionista de la Agencia de Extensión Rural INTA Villa María, detalló minuciosamente que el INTA diseñó los exigentes protocolos de producción primaria para obtener una materia prima con los parámetros de calidad óptimos.

Por su parte, la reconocida Escuela Superior Integral de Lechería (ESIL) redactó con precisión el protocolo específico de elaboración del queso, asumiendo además el seguimiento y control técnico permanente de todo el proceso de transformación.

 

 

La enorme capacidad de almacenamiento lograda responde también a una inteligencia comercial profundamente meditada. Este queso se puede guardar hasta dos años sin perder en absoluto sus cualidades organolépticas originales.

Al contrario de lo que ocurre con otros alimentos, con el paso del tiempo y la adecuada maduración, el producto gana notablemente en valor comercial. Esto concede la ventaja de salir al mercado en momentos oportunos cuando la cotización favorezca al productor e industrial.

El diseño del proyecto contempla estratégicamente que cada fábrica elabore el Olayón en sus propias instalaciones, compartiendo posteriormente la infraestructura común de almacenamiento y maduración en la cámara colectiva del Clúster.

La gran virtud de esta metodología asociativa es que ninguna empresa pierde su individualidad, permitiendo que cada pyme continúe comercializando con su marca propia. No obstante, el anhelo futuro es consolidar ventas conjuntas bajo una misma denominación unificada.

Cámara de maduración y comercio exterior

 

Dentro de la amplia nómina de metas trazadas desde la fundación del espacio, una de las obras con mayor impacto práctico fue la construcción de la cámara de maduración refrigerada, radicada estratégicamente en el Parque Industrial de Villa María.

Dicha planta cuenta actualmente con una asombrosa capacidad operativa de 7000 posiciones simultáneas, lo que posibilita albergar y custodiar más de 9 millones de kilos de queso de manera perfectamente sincronizada.

El siguiente gran paso estratégico de la organización consiste en la habilitación formal de un depósito fiscal refrigerado. La propuesta técnica ya cuenta con la prefactibilidad otorgada por ARCA y SENASA, encontrándose en la fase final de acondicionamiento de un sector.

 

🧀 El Queso Olayón es identidad y proyección de la cuenca láctea Villa María Participamos del relanzamiento del Queso Olayón en el Funesil, un producto que muestra la capacidad cooperativa desde el

 

Una vez operativo este espacio, habilitará fluidas operaciones de importación y exportación ágiles sin salir del predio industrial. Para el entramado pyme regional, esto abre la ventana transformadora de consolidar cargas y compartir contenedores de exportación.

Esta solución colectiva evita los elevados costos logísticos de trasladar la mercadería refrigerada hacia depósitos distantes en otros puntos neurálgicos del país, otorgando una competitividad internacional inédita a las queserías cordobesas.

 

Identidad sensorial y estandarización de la calidad

 

Durante los últimos tres años, el organismo asociativo también concretó avances fundamentales en la caracterización de los perfiles sensoriales de los quesos elaborados. El exhaustivo trabajo científico analiza atributos clave como textura, forma, tamaño, color, aroma y sabor.

Frente a la amplia diversidad existente, Sergio Dequino advirtió que la profusión de variantes derivó en la pérdida progresiva del espíritu original de ciertos quesos, planteando la urgencia de estandarizar la calidad para garantizar su reconocimiento nacional.

 

🧀 El Queso Olayón es identidad y proyección de la cuenca láctea Villa María Participamos del relanzamiento del Queso Olayón en el Funesil, un producto que muestra la capacidad cooperativa desde el

 

La rigurosa tarea busca actualizar las referencias normativas empleadas por el Código Alimentario Nacional, aportando a la categorización precisa. Para ello, un equipo multidisciplinario de técnicos e industriales establece parámetros homogéneos de evaluación.

 

Génesis institucional y formación para el futuro

 

La génesis del Clúster Quesero de Villa María se remonta formalmente al año 2009, impulsada por entidades públicas y privadas articuladas con el valioso respaldo económico y técnico del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP).

Con el tiempo, el espacio se consolidó jurídicamente como una asociación civil sin fines de lucro enfocada en potenciar el desarrollo regional lácteo, brindando especial acompañamiento al sector de pequeñas y medianas empresas.

Actualmente, la entidad congrega a nueve instituciones representativas de todos los eslabones productivos, integrando a la Federación Agraria Argentina, cooperativas, la Junta Intercooperativa, industrias, el INTA, la ESIL, el municipio y ENRED.

 

🧀 El Queso Olayón es identidad y proyección de la cuenca láctea Villa María Participamos del relanzamiento del Queso Olayón en el Funesil, un producto que muestra la capacidad cooperativa desde el

 

En esta sinergia, el INTA aporta 70 años de trayectoria institucional en materia de extensión rural y gestión, armonizando permanentemente el diálogo interinstitucional para asegurar beneficios colectivos y desarrollo territorial sostenible.

Asimismo, se ejecutan constantes programas de capacitación técnica dictados en colaboración con la ESIL, dirigidos a operarios, profesionales y productores, apostando fuertemente al crecimiento técnico del talento humano regional.

Como símbolo de esta apuesta innovadora, ambas instituciones operan en forma conjunta el tambo robotizado del Campo Cárcano, un centro de vanguardia destinado a la formación de estudiantes, ensayos científicos e investigaciones aplicadas.

 

 

Primicias Rurales
Fuente: www.todolecheria.com.ar